1. No aplica para redención de saldos a favor por conceptos de cambios y/o garantías.
  2. Máximo tres (3) unidades por género y por Cédula de Ciudadanía o NIT. Las compras que sobrepasen dicho límite de unidades asumirán el valor IVA regular 19% de acuerdo con el decreto 682 del 21 de mayo.
  3. Para ser beneficiario de la exención del IVA podrán efectuarse los pagos a través de tarjetas débito; crédito, y otros mecanismos de pago electrónico.
  4. Solo puede ser beneficiario de la exención de IVA sobre las compras realizadas en un solo canal, ya sea en tienda física o página web. Todas las transacciones estarán sujetas a verificación con tienda física.
  5. En caso de encontrar una segunda compra en otro canal, su transacción en página web será cancelada.
  6. En caso de realizar retracto de compra por garantía, cambio por talla, modelo o color sobre los productos comprados en el día sin IVA, no se mantendrá el beneficio de la exención de IVA y se deberá cancelar el nuevo producto con el valor de IVA regular al 19%.